Abrir una peluquería en Chile tiene tres tipos de gastos, y conviene no mezclarlos. Los gastos legales (patente, inicio de actividades, permisos) son los más pequeños y los únicos que puedes calcular con precisión antes de empezar. Los gastos de mercado (arriendo, obras, sillones, lavacabezas) son los más grandes y solo se conocen cotizando. Y hay un tercer grupo que depende de decisiones tuyas: qué local eliges, qué servicios ofreces y cuántos meses de reserva te das para llenar la agenda.
El error caro casi nunca es un trámite. Es firmar el arriendo de un local que no permite el uso, que obliga a obras que no estaban en el presupuesto o cuyo arriendo lleva un IVA que no vas a poder recuperar.
Esta guía ordena todos esos gastos, con los montos que fija la norma a octubre de 2026 y la lista de lo que tienes que cotizar.
Los gastos de abrir un salón, en tres grupos
Grupo | Ejemplos | Quién fija el monto | Cómo saberlo antes |
|---|---|---|---|
Legales y de formalización | Patente, permisos de obra, registros sanitarios, inicio de actividades | La ley o la municipalidad | Calculando con la norma vigente |
De mercado | Arriendo, garantía, obras, equipamiento, insumos, contador | El mercado | Cotizando al menos dos o tres opciones |
De decisión | Local que eliges, servicios que ofreces, meses de reserva | Tú | Definiendo tu modelo antes de buscar local |
El tercer grupo condiciona a los otros dos. Un salón que solo corta, peina y tiñe tiene exigencias distintas a uno que agrega tratamientos cosméticos o aparatología. Y un estilista que trabaja solo tributa distinto que un salón con equipo, lo que cambia cuánto le cuesta realmente el IVA. Si todavía no defines eso, empieza por nuestra guía sobre cómo formalizar una peluquería, barbería o centro de estética.
Antes de firmar: lo que cuesta un local que no sirve
El gasto más difícil de recuperar es el de un local que no puedes usar. Antes de firmar, revisa tres cosas.
1. El uso de suelo. La municipalidad no te dará patente si la zonificación de esa dirección no permite la actividad. Pide en la Dirección de Obras Municipales (DOM) el certificado que corresponda en tu comuna antes de comprometerte.
2. Lo que te exigirá la SEREMI de Salud según tus servicios. Las exigencias sanitarias cambian si haces solo cabello o si agregas cosmetología o procedimientos. Consulta a la SEREMI de tu región con la lista exacta de servicios.
3. Si el local tiene lo mínimo para trabajar. Agua caliente y desagüe donde irán los lavacabezas, capacidad eléctrica para secadores y planchas funcionando a la vez, ventilación y un baño. Lo que falte se convierte en obra.
El arriendo: lo que pagas al entrar y el IVA que pocos miran
El arriendo suele ser el costo fijo más grande de un salón y también una parte importante de la inversión inicial.
Lo que se paga al firmar
Las condiciones de entrada son contractuales y varían mucho. Antes de calcular, pregunta al arrendador:
- cuántos meses pide como garantía y cuántos por adelantado;
- si hay comisión de corredor y quién la paga;
- si el arriendo se reajusta (por ejemplo, en UF) y cada cuánto;
- quién paga los gastos comunes, las reparaciones y las obras de habilitación;
- si el valor publicado incluye o no IVA.
¿El arriendo del local lleva IVA?
Depende de lo que arriendas. El SII ha explicado que el artículo 8° letra g) de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios grava con IVA el arriendo de inmuebles amoblados o con instalaciones o maquinarias que permitan ejercer una actividad comercial, y que el arriendo de un inmueble sin esas instalaciones no queda afecto.
Desde la reforma de 2020, esas instalaciones deben ser suficientes para ejercer la actividad. Como ejemplo, el SII ha señalado que un local comercial debe contar al menos con un mesón para atender al público y estantes para guardar y exponer productos, según resume Transtecnia a propósito de un oficio de noviembre de 2020.
En términos prácticos, para una peluquería esto significa:
- Local vacío (paredes, piso, baño): en general, arriendo sin IVA.
- Local equipado como salón (por ejemplo, el traspaso de una peluquería con sillones, espejos, lavacabezas y mesón): es probable que el arriendo quede afecto a IVA.
Y el efecto de ese IVA no es igual para todos:
Si tu salón… | Qué significa el IVA del arriendo |
|---|---|
Tributa en primera categoría y cobra IVA en sus servicios | Puedes usarlo como crédito fiscal contra el IVA de tus ventas, si recibes factura |
Es un estilista en segunda categoría (boleta de honorarios, sin IVA) | No tienes IVA de ventas contra el cual descontarlo: es un costo más |
Un ejemplo ilustrativo: un arriendo de $700.000 netos afecto a IVA te cuesta $833.000 al mes. Si no puedes recuperar ese IVA, son $1.596.000 más al año.
Adaptar el local: lo que exige la norma y lo que decides tú
No todas las obras son opcionales. Algunas aparecen porque la norma las exige; otras son decisiones de diseño o de marca. Conviene separarlas en el presupuesto.
Un baño para tu equipo, si vas a contratar
Si tendrás trabajadores, el local es también un lugar de trabajo. La Dirección del Trabajo explica, según el Decreto Supremo 594, que con 1 a 10 trabajadores se necesita como mínimo un excusado y un lavatorio, y que con diez o menos se puede habilitar un servicio higiénico de uso universal con cierre interior. Ese baño debe tener jabón líquido, sistema desechable para secarse las manos, papel higiénico y ventilación.
Un local que no tiene baño, o que lo tiene en mal estado, suma una obra que no es negociable.
Obras que necesitan permiso de la Dirección de Obras
Si la habilitación requiere permiso municipal, pagarás derechos sobre el presupuesto de la obra. El artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones fija esos derechos en 1% del presupuesto para alteraciones, reparaciones y obras menores, y en 1,5% para obras nuevas y ampliaciones. En una obra menor presupuestada en $4.000.000, los derechos municipales serían unos $40.000.
El costo grande no es el derecho, sino la obra misma y, a veces, los honorarios del profesional que firma el proyecto. Pregunta en la DOM si tu habilitación necesita permiso antes de contratar al maestro.
Lo que puede exigir la autoridad sanitaria
Las reglas sanitarias del rubro son antiguas y su aplicación varía por región, como explicamos en la guía de formalización. Dos datos de costo sí se pueden fijar:
- El arancel 2026 del Ministerio de Salud no tiene un ítem específico para peluquerías ni institutos de belleza. Si tu SEREMI te pide una autorización, pregunta cuánto cobra y bajo qué ítem.
- Si ofrecerás cosmetología, la persona que la ejerza debe estar autorizada. Según ese mismo arancel, el derecho a examen cuesta $19.600 y la inscripción en el registro $48.800.
Si el plan incluye procedimientos con aparatología o que atraviesan la piel, las exigencias de infraestructura y de personal suben mucho. Esa decisión cambia el presupuesto completo, no solo una línea.
Los costos legales: cuánto suman realmente
Esta es la parte que más preocupa y la que menos pesa.
Trámite o gasto | Costo a octubre de 2026 | Comentario |
|---|---|---|
Inicio de actividades en el SII | Gratuito | Trámite en línea |
Constituir una SpA o EIRL (si la necesitas) | Gratuito en Tu Empresa en un Día, con firma electrónica avanzada | Opcional |
Emisión de boletas electrónicas | Gratuita con la app e-Boleta del SII | Puedes usar otro software si prefieres |
Patente municipal | Entre 2,5 y 5 por mil del capital propio; mínimo 1 UTM al año | Ver cálculo abajo |
Permiso de obra (si aplica) | 1% del presupuesto en obras menores | Lo fija la DOM |
Registro de cosmetóloga (si aplica) | $19.600 examen + $48.800 inscripción | Arancel Minsal 2026 |
Autorización sanitaria del local (si tu SEREMI la exige) | Consultar | Sin ítem específico en el arancel nacional |
Contador | Precio de mercado | Suele ser el costo legal recurrente más alto |
Cómo se calcula la patente de un salón nuevo
La patente se calcula sobre el capital propio. Para una actividad nueva, la Ley de Rentas Municipales considera el capital inicial que declaras; en los años siguientes, el de tu balance al 31 de diciembre anterior.
Cada municipalidad fija su tasa entre 2,5 y 5 por mil, con un mínimo de 1 UTM y un máximo de 8.000 UTM al año. Así lo recuerda, por ejemplo, el decreto de la Municipalidad de Linares publicado en junio de 2026, que fija su tasa general en 5 por mil. La UTM de octubre de 2026 es de $72.151.
Con esos datos:
Capital inicial declarado | Con tasa 5 por mil | Con tasa 2,5 por mil | Patente anual |
|---|---|---|---|
$8.000.000 | $40.000 | $20.000 | Se aplica el mínimo: $72.151 |
$25.000.000 | $125.000 | $62.500 | $125.000 o el mínimo de $72.151, según la tasa de tu comuna |
Cálculo propio con la UTM de octubre de 2026. La UTM cambia mes a mes y cada comuna puede cobrar además otros derechos.
En la práctica, la mayoría de los salones pequeños que parten pagarán una patente cercana al mínimo. Pregunta en tu municipalidad la tasa vigente, cuándo vence cada pago y si cobran derechos adicionales, como aseo o publicidad del letrero.
Equipamiento e insumos: la lista que debes cotizar
Aquí no hay montos que la norma fije. Lo útil es no olvidar ninguna línea:
- Puestos de trabajo: sillones, espejos, carros o mesas auxiliares, iluminación.
- Lavado: lavacabezas con su instalación de agua caliente y desagüe.
- Eléctricos: secadores, planchas, máquinas de corte, esterilizador o sistema de desinfección.
- Recepción y espera: mesón, sillas, repisa de exhibición si venderás productos.
- Stock inicial: tinturas, oxidantes, tratamientos, desechables, toallas.
- Cobro y operación: máquina de pago, software de agenda o reservas, teléfono e internet.
- Seguridad y fachada: extintor, botiquín, letrero.
Separa en tu planilla lo que es inversión única (sillones, obras) de lo que será costo mensual (arriendo, software, contador). Mezclarlos hace que el primer mes parezca imposible y los siguientes, más baratos de lo que son.
Si vas a vender productos además de usar los de tus servicios, ten presente que esa venta está afecta a IVA aunque tus servicios no lo estén.
El gasto que más se olvida: los meses antes de llenar la agenda
Un salón no abre lleno. Durante los primeros meses vas a pagar arriendo, sueldos, contador y servicios con ingresos todavía bajos. Ese dinero, el capital de trabajo, es parte del costo de abrir aunque no compre nada.
Para estimarlo:
- Calcula tus costos fijos mensuales, incluyendo tu propio sueldo y el piso legal de cada trabajador. Lo explicamos paso a paso en costos fijos y cuánto te cuesta cada hora vacía de tu agenda.
- Elige un supuesto prudente de cuántos meses tardarás en llegar a tu punto de equilibrio. No hay una cifra válida para todos; tres meses es un supuesto común para empezar a calcular, no una regla.
- Multiplica. Si tus costos fijos son $1.660.000 al mes y supones tres meses de arranque, necesitas cerca de $5.000.000 de reserva, además de la inversión inicial.
Llegar antes al punto de equilibrio también reduce lo que necesitas guardar. Por eso conviene que la agenda empiece a llenarse antes de inaugurar: avisar a tus clientes actuales, publicar horarios y abrir reservas para la fecha de apertura. Si usas un sistema de reservas online como Zagenda, puedes definir tu disponibilidad y compartir tu página de reservas antes de abrir, para que los primeros clientes agenden sin esperar a que contestes mensajes.
Tu presupuesto de apertura, en una tabla
Partida | Tipo | Monto | Fuente del monto |
|---|---|---|---|
Garantía y meses por adelantado del arriendo | Única | Contrato | |
Comisión de corredor | Única | Corredor | |
Obras de habilitación | Única | Cotización de maestro o constructora | |
Derechos de permiso de obra (si aplica) | Única | 1% del presupuesto (obra menor) | DOM |
Equipamiento | Única | Cotizaciones | |
Stock inicial de insumos | Única | Proveedores | |
Registros sanitarios (si aplica) | Única | SEREMI / arancel Minsal | |
Patente municipal | Anual | Mínimo 1 UTM | Municipalidad |
Arriendo (con IVA si corresponde) | Mensual | Contrato | |
Sueldos y cotizaciones | Mensual | Contratos y tablas vigentes | |
Contador, software, servicios básicos | Mensual | Proveedores | |
Capital de trabajo | Única (reserva) | Costos fijos × meses de arranque | Cálculo propio |
Qué hacer antes de firmar el arriendo
Define primero tu modelo: si trabajarás solo o con equipo y qué servicios ofrecerás. Con eso, revisa el uso de suelo en la DOM, consulta a la SEREMI, pregunta por escrito si el arriendo lleva IVA y cotiza las obras que el local necesita. Recién entonces suma inversión inicial, gastos legales y capital de trabajo.
Si el total no cierra, es mejor saberlo antes de firmar. Los trámites rara vez son el problema: lo son el local equivocado y la falta de caja para los primeros meses.
Este contenido tiene fines informativos y no constituye asesoría tributaria, contable, jurídica ni sanitaria. Los montos legales corresponden a octubre de 2026 y pueden cambiar; las exigencias varían según tu comuna, tu región y los servicios que ofrezcas.
Referencias
Asociación Chilena de Municipalidades. 2025. Presentación fiscalización de patentes comerciales. Consultado el 8 de octubre de 2026 en https://www.achm.cl/wp-content/uploads/2025/06/Presentacion-fiscalizacion-de-patentes-comerciales.pdf
Dirección del Trabajo. s. f. ¿Cuál es la cantidad mínima de excusados y lavatorios que debe existir en la empresa? Consultado el 8 de octubre de 2026 en https://dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-60436.html
Ministerio de Salud. 2026. Resolución exenta N° 331: modifica la Resolución N° 96 exenta, de 1996, que aprueba arancel de acciones de protección de salud; y la Resolución N° 473 exenta, de 2008, que aprueba aranceles de prestación de salud ambiental. Consultado el 8 de octubre de 2026 en https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2026/04/09/44420/01/2788376.pdf
Ministerio de Vivienda y Urbanismo. 1976. DFL 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones, artículo 130. Consultado el 8 de octubre de 2026 en https://iura.cl/norm-458dfl-minvu/130.html
Municipalidad de Linares. 2026. Decreto exento N° 1.887: fija tasa general de patente municipal. Consultado el 8 de octubre de 2026 en https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2026/06/08/44469/01/2818349.pdf
Servicio de Impuestos Internos. 2011. Oficio N° 1045: Renta – D.L. N° 3.063, de 1979, art. 24. Consultado el 8 de octubre de 2026 en https://www.sii.cl/normativa_legislacion/jurisprudencia_administrativa/ley_impuesto_renta/2011/ja1045.htm
Servicio de Impuestos Internos. 2015. Oficio N° 1494: Ventas y servicios – art. 8° letra g). Consultado el 8 de octubre de 2026 en https://www.sii.cl/normativa_legislacion/jurisprudencia_administrativa/ley_impuesto_ventas/2015/ja1494.htm
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Servicio de Impuestos Internos. 2026. Circular N° 37: tablas de impuesto único de segunda categoría para el mes de octubre de 2026. Consultado el 8 de octubre de 2026 en https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2026/circu37.pdf
Transtecnia. s. f. El criterio del SII por la tributación de arrendamiento de local comercial con algunas instalaciones. Consultado el 8 de octubre de 2026 en https://transtecnia.cl/articulo-tributario/el-criterio-del-sii-por-la-tributacion-de-arrendamiento-de-local-comercial-con-algunas-instalaciones/



